
Un cambio natural en un país pequeño y único
El Principado de Andorra ha implementado recientemente la Ley 6/2024 de la Lengua Oficial, que introduce un requisito de conocimiento básico de catalán para algunos residentes. Esta normativa, busca reforzar la integración de quienes viven aquí y proteger la lengua oficial del país, un elemento clave de su identidad.
Con el espíritu de que el catalán siga siendo una herramienta de cohesión entre todos los residentes, la normativa se implementará de forma gradual y con apoyo institucional.
Fecha de entrada en vigor y aplicación progresiva
La ley, fue publicada en el BOPA el 25 de abril de 2024, y entró en vigor el 14 de mayo de 2024. Ello no obstante, se establece un calendario progresivo de acuerdo con los siguientes criterios:
- A partir del 23 de octubre de 2024:
- Los titulares de permisos de residencia y trabajo deberán acreditar un nivel básico de catalán: A1 en la primera renovación del permiso y A2 en la segunda. Estas calificaciones se determinan con el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).
- Periodo transitorio hasta el 26 de abril de 2026:
- Este periodo de transición permite adaptarse al requisito asistiendo a formaciones gratuitas o asequibles. Por ende, los titulares de permiso de residencia y trabajo podrán renovar, a pesar de no acreditar los niveles antes comentados, siempre que demuestren que han seguido los cursos de catalán en centros autorizados.
- Desde 2029:
- Todos los nuevos residentes de los permisos que se enunciarán a continuación, deberán acreditar el nivel A1 en primera renovación y el A2 en la segunda.
Ámbito de aplicación
El requisito se aplica de forma distinta según el tipo de permiso de residencia:
- Residencia y trabajo por cuenta ajena:
Aplica a los trabajadores asalariados en los plazos anteriormente mencionados.
- Residencia y trabajo por cuenta propia:
Desde 2029, quienes gestionan negocios o trabajan de manera independiente también deberán cumplir con los niveles de catalán requeridos. Ya resultaban obligados a acreditar un nivel de catalán los profesionales liberales (profesiones tituladas) o aquellos que disponían de una autorización comercial a título individual.
- Residencia pasiva (no lucrativa):
Los titulares de permisos no lucrativos también estarán sujetos a estos requisitos a partir de 2029.
Es importante remarcar que aquellos que obtuvieron este tipo de permisos anteriormente a las fechas indicadas, no les resulta de aplicación esta obligación.
Excepciones previstas
A pesar de lo anteriormente indicado, la normativa contempla excepciones para ciertos colectivos:
- Trabajadores temporeros:
No están obligados a acreditar conocimiento de catalán, aunque se fomentará su acceso a las formaciones lingüísticas disponibles.
- Trabajadores fronterizos:
Aquellos que residan en países limítrofes (vecinos) y trabajen en Andorra no están obligados a acreditar conocimientos de catalán.
Apoyo y recursos disponibles
Es importante tener en cuenta que el Gobierno de Andorra pone a disposición de los residentes cursos de catalán gratuitos o muy accesibles.
Implicaciones legales
El incumplimiento de los requisitos lingüísticos puede resultar en la no renovación del permiso de residencia y trabajo.
Conclusión
La Ley 6/2024 subraya el compromiso del Principado con la preservación del catalán, reforzando su papel como eje de cohesión social. Recomendamos actuar con antelación para garantizar el cumplimiento normativo y evitar contratiempos en el proceso de renovación de permisos.