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Importar un vehículo a Andorra: trámites, impuestos y requisitos ambientales

Importar un coche a Andorra requiere cumplir normas técnicas y medioambientales, pagar el IGI del 4,5 % y respetar los límites de antigüedad y emisiones establecidos por ley.

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Tiempo de lectura: 10 minutos

Importar un vehículo a Andorra: lo que debes saber

Andorra es un país atractivo para los amantes del motor: impuestos bajos, carreteras únicas y un parque automovilístico muy cuidado.


Sin embargo, importar un vehículo al Principado implica cumplir una serie de requisitos técnicos, ambientales y fiscales, especialmente en el caso de coches de ocasión o de colección.

En este artículo explicamos qué vehículos pueden importarse, qué trámites exige el Gobierno y qué limitaciones existen según la antigüedad y las emisiones.

Una vez importado, el Principado permite asignar matrículas personalizadas. Si te interesa este tema, te recomendamos leer Matrículas personalizadas en Andorra: requisitos y costes.

Vehículos nuevos o de ocasión: diferencias esenciales

🔹Vehículos nuevos

Los vehículos nuevos pueden matricularse sin dificultad siempre que:

  • Dispongan del certificado de conformidad europeo (COC).
  • Cumplan la normativa de emisiones EURO 6d o superior.
  • Cumplan la normativa interna del Principado y acrediten el pago del IGI (4,5 %).

🔹 Vehículos usados o de importación

Cuando el vehículo ya ha estado matriculado en otro país, se aplican requisitos adicionales:

  • Deben tener una antigüedad máxima de 6 años.
  • Deben cumplir una norma de emisiones EURO 6 o, como máximo, un nivel inferior al vigente (actualmente EURO 6 para turismos y EURO 5 para motocicletas).
  • Deben superar una inspección técnica de matriculación, que verifica seguridad, ruido y emisiones.

👉 Los vehículos que no cumplan estos estándares no pueden matricularse, salvo que sean aceptados como vehículos históricos.

En casos excepcionales —como vehículos heredados o agrícolas— el Gobierno puede autorizar su matriculación aunque superen los 6 años, siempre que cumplan los demás requisitos técnicos (artículos 10.6 y 10.8 del Decreto 534/2022).

Trámites y documentación necesaria

Los principales pasos para importar un vehículo en Andorra son los siguientes:

🔹Declaración aduanera de importación

  • Presentar la factura o contrato de compraventa y el documento de transporte.
  • Liquidar el Impuesto General Indirecto (IGI) del 4,5 %.
  • Aportar el certificado de conformidad (COC) o equivalente.

🔹Inspección técnica (ITV)

  • Obligatoria para todos los vehículos importados, salvo los nuevos no matriculados previamente.
  • Verifica emisiones, ruido, luces, frenos y seguridad estructural.

🔹Solicitud de matriculación

  • Presentación ante el Registro de Vehículos del Gobierno de Andorra.
  • Es necesario acreditar el pago del IGI, la propiedad y el seguro obligatorio.

🔹Obtención de las placas de matrícula

  • Una vez aceptada la solicitud, las placas se obtienen a través del Automòbil Club d’Andorra.

➤ Puedes conocer todos los detalles en Matriculación de vehículos en Andorra: trámites y requisitos.

Requisitos ambientales y técnicos

🔹Turismos y vehículos ligeros

  • Gasolina: mínimo EURO 5, aunque el Gobierno aplica de facto EURO 6 para aceptar la matriculación sin inspección reforzada.
  • Diésel: mínimo EURO 6 (no se aceptan diésel EURO 4 o EURO 5 salvo casos muy excepcionales, como vehículos clásicos certificados).
  • Los vehículos EURO 6d o EURO 6d-TEMP (fabricados a partir de 2021) tienen acceso directo garantizado.

👉 En resumen: en la práctica, EURO 6 es el estándar mínimo real para turismos.

🔹Motocicletas y ciclomotores

  • Desde 2020 se aplica la norma EURO 5 para motos nuevas.
  • Aún pueden matricularse algunas EURO 4 (fabricadas entre 2016 y 2019) si superan la inspección técnica andorrana.
  • Los ciclomotores (hasta 50 cc) deben cumplir al menos EURO 4.

👉 En la práctica:

  • EURO 5 es el estándar actual.
  • EURO 4 solo se admite para modelos recientes de importación (hasta ~2019).

🔹Vehículos históricos o clásicos

Los vehículos históricos se regulan por el artículo 100 del Código de la Circulación (Ley 12/2021).
Para ser reconocidos como tales en Andorra, deben:

  • Tener más de 25 años de antigüedad.
  • Estar en buen estado de conservación y mantener sus características originales.
  • Superar una inspección técnica específica, menos exigente.
  • Obtener el certificado de vehículo histórico emitido por el Gobierno.

🔸 Estos vehículos reciben una matrícula especial con la letra “H” y pueden disfrutar de:

  • Exenciones parciales de impuestos e ITV.
  • Permisos especiales de importación, incluso si no cumplen la norma EURO mínima.
  • Uso restringido a actividades lúdicas, exposiciones o eventos.

👉 Ejemplo: un Porsche 911 de 1985 o un Land Rover Series II de 1960 pueden matricularse como históricos si mantienen su configuración original.

Fiscalidad aplicable

Toda la normativa que afecta a los costes fiscales y tasas sobre vehículos se resume a continuación:

  • IGI (Impuesto General Indirecto): 4,5 % sobre el valor declarado o de mercado.
  • Tasa de matriculación: variable según tipo de vehículo y emisiones.
  • Impuesto de circulación: competencia comunal (varía según la parroquia).
  • Placas y gestión administrativa: tramitadas por el Automòbil Club d’Andorra.

➤ Para saber cómo tributan los vehículos una vez matriculados, puedes leer Fiscalidad de vehículos e impuestos comunales en Andorra.

➤ Y si deseas una visión más amplia del sistema tributario, te recomendamos el artículo Fiscalidad en Andorra: estructura y tipos impositivos.

⚠️ Limitaciones y consejos prácticos

  • No se admiten vehículos sin homologación CE ni con modificaciones no autorizadas (reprogramaciones, eliminación de DPF o catalizadores).
  • Los vehículos eléctricos o híbridos disfrutan de ventajas fiscales y medioambientales.
  • Las importaciones temporales (por competición o evento) pueden obtener autorización especial de circulación.

En resumen, importar un vehículo a Andorra es perfectamente viable, siempre que se cumpla rigurosamente la normativa técnica y fiscal vigente.

Referencias legales

La normativa que regula la importación de vehículos en Andorra es la siguiente:

  • Ley 12/2021, de 13 de mayo, del Código de la Circulación.
  • Decreto de 7 de marzo de 2012, sobre matriculación e inspección técnica de vehículos.
  • Decreto 534/2022, de 14 de diciembre, de matriculación y registro de vehículos (vigente en 2025).
  • Reglamento (UE) 540/2014, sobre niveles sonoros de los vehículos.
  • Normas EURO 5, 6 y 6d (vehículos ligeros) y EURO 4–5 (motocicletas) reconocidas por Andorra.

Conclusión y asesoramiento

Importar un coche al Principado puede ser una excelente decisión, pero cada caso tiene particularidades según el país de origen, el año del vehículo y el tipo de motor.

Si te interesa saber más sobre la vida en el Principado, te recomendamos leer Vivir y trabajar en Andorra: lo que debes saber antes de mudarte.

Y recuerda: como en casi todos los países del mundo, conducir bajo los efectos del alcohol está sancionado. Para más información, consulta Alcohol y conducción en Andorra: marco legal, sanciones y consecuencias.

📞 ¿Necesitas ayuda o asesoramiento?

Si quieres importar tu vehículo o matricular un coche clásico, en ELYSIUM Consulting gestionamos todo el proceso —desde la aduana hasta la matrícula definitiva— garantizando el cumplimiento técnico y fiscal para que conduzcas en Andorra con total tranquilidad.

Fecha de última revisión: enero 2026

Albert Contel

Technical Author: Albert Contel

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