Fiscalidad en Andorra: estructura, tipos impositivos y ventajas reales
Andorra ofrece un sistema fiscal moderno y competitivo, con tipos reducidos del 10% y ausencia de impuestos sobre sucesiones o donaciones, atrayendo inversión y talento internacional.

Tiempo de lectura: 7 minutos
Una de las fiscalidades más atractivas del mundo
El sistema fiscal andorrano ha evolucionado profundamente en las últimas dos décadas, pasando de un modelo prácticamente exento de impuestos a un marco moderno, equiparable al europeo y diseñado para atraer inversión y talento.
Hoy en día, Andorra combina una fiscalidad competitiva y sencilla, con tipos reducidos y una estructura coherente que abarca tanto la renta personal como la societaria, el consumo y los tributos comunales.
Recomendamos leer el artículo Evolución del marco fiscal andorrano para tener una visión clara y amplia de este proceso.
Entender cómo funcionan las principales figuras impositivas —el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades, el IGI y las tasas locales— es esencial para cualquier empresario o profesional que esté valorando establecerse u operar en el Principado.
Para una visión general sobre los distintos tipos de residencia fiscal y cómo afectan a la tributación, puedes leer Tipos de residencia en Andorra: activa, pasiva y fiscal (2025).

1️⃣ Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF andorrano, regulado por la Llei 5/2014, del 24 d’abril, se estructura en dos bases diferenciadas:
- Base general, que incluye rendimientos del trabajo, actividades económicas y arrendamientos.
- Base del ahorro, que comprende intereses, dividendos y plusvalías mobiliarias.
El tipo máximo es del 10%, pero hay tramos efectivos reducidos que aplican exclusivamente a la base general:
- Hasta 24.000 €: exento.
- De 24.001 € a 40.000 €: 5%.
- A partir de 40.000 €: 10%.
En la base del ahorro, la primera franja de 3.000 € está exenta, tributando el resto al 10%.
Además, los dividendos de origen andorrano están totalmente exentos, tanto para residentes como para sociedades matrices, lo que convierte a Andorra en una jurisdicción especialmente eficiente para la gestión patrimonial.
Con la Ley 5/2023, del 19 de enero, el sistema se simplificó aún más: las plusvalías inmobiliarias, anteriormente gravadas por el antiguo ITP/IPTP, quedaron integradas en el IRPF y el IS según la naturaleza del transmitente.
Desde entonces, las ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles tributan directamente en el IRPF como ganancias patrimoniales, eliminando una figura separada y reforzando la coherencia del sistema.
➤ Si quieres información detallada sobre el IRPF, consulta el articulo El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en Andorra.
➤ Asimismo, si quieres profundizar en cómo se determina la residencia fiscal y sus implicaciones, consulta el artículo Residencia fiscal en Andorra: requisitos, implicaciones y ventajas.

2️⃣ Impuesto sobre Sociedades (IS)
El Impuesto sobre Sociedades, regulado por la Llei 95/2010, del 29 de desembre, grava los beneficios de las personas jurídicas residentes con un tipo general del 10%.
El cálculo parte del resultado contable determinado conforme al Plan General de Contabilidad (PGC) andorrano, establecido por la Llei 30/2007, de 20 de desembre, y vigente desde el 1 de enero de 2009.
Este plan, inspirado en el modelo español, ha sido modificado por las Lleis 8/2010 y 26/2011, que introdujeron ajustes relevantes:
- Umbrales simplificados para pequeñas empresas (ingresos inferiores a 600.000 €).
- Posibilidad de declaración jurada para empresarios con ingresos inferiores a 150.000 €.
- Adaptación a nuevas figuras impositivas y mayor transparencia contable.
El sistema prevé regímenes especiales que refuerzan su atractivo internacional:
- Régimen holding, con exención sobre dividendos y plusvalías de participaciones cualificadas.
- Régimen de explotación de intangibles (IP Box), para activos desarrollados en Andorra.
Las plusvalías inmobiliarias generadas por sociedades también tributan ahora dentro del IS, tras la integración del antiguo ITP/IPTP mediante la Ley 5/2023.
Asimismo, el Impuesto de Radicación de Actividades Económicas (IRAE o IRAC), regulado por los comunes, es deducible del IS, lo que mitiga su impacto efectivo sobre la carga tributaria total.
➤ Si quieres información detallada sobre el IS, consulta el articulo El impuesto de sociedades en Andorra: tipos, regímenes especiales y deducciones fiscales
➤ Puedes obtener más información sobre cómo constituir una sociedad y los incentivos fiscales asociados en Constituir una sociedad en Andorra: pasos, requisitos y ventajas.

3️⃣ Impuesto General Indirecto (IGI)
El IGI, equivalente al IVA europeo, está regulado por la Llei 11/2012, del 21 de juny.
Sus tipos principales son:
- 4,5% → Tipo general para la mayoría de bienes y servicios.
- 1% → Tipo superreducido para productos de primera necesidad.
- 0% → Exportaciones y operaciones internacionales exentas.
- 9% → Servicios financieros y bancarios.
Siguiendo la práctica europea, los servicios prestados fuera del territorio andorrano están exentos de IGI y aplican la inversión del sujeto pasivo.
El sistema es plenamente deducible para empresarios y autónomos, garantizando neutralidad fiscal y seguridad jurídica.
➤ Si quieres información detallada sobre el IGI, consulta el articulo IVA en Andorra: cómo funciona el impuesto general indirecto (IGI)

4️⃣ Impuesto sobre la renda de no residentes (IRNR)
El IRNR, regulado por la Llei 94/2010, grava las rentas obtenidas en Andorra por personas físicas o jurídicas que no son residentes fiscales. Su estructura es simple y sigue criterios similares a los del IRNR español.
Tributan principalmente:
- Servicios y actividades económicas realizadas en Andorra (10%).
- Rentas del trabajo cuando el servicio se presta efectivamente en el país.
- Alquileres de inmuebles situados en Andorra, con una reducción automática del 20% (tipo efectivo del 8%).
- Ganancias en transmisiones inmobiliarias, integradas desde la reforma de la Llei 5/2023, que tributan al 10% o al 15% si la tenencia es inferior a dos años.
En cambio, las rentas de capital mobiliario (intereses, dividendos, fondos, seguros de ahorro) no tributan en el IRNR, lo que hace especialmente atractivo el país para inversores internacionales.
El impuesto distingue si existe o no establecimiento permanente (EP):
sin EP, la tributación se practica normalmente vía retención; con EP, la fiscalidad se asimila al Impuesto de Sociedades.
➤ Para una explicación completa, puedes consultar el artículo El IRNR en Andorra: funcionamiento, tipos y obligaciones.
5️⃣ Ley de Bases del Ordenamiento Tributario (LBOT)
Aunque propiamente no es un impuesto, es la normativa base que regula las relaciones de los contribuyentes con la administración. En este sentido, la Llei 21/2014, del 16 d’octubre, constituye el marco jurídico fundamental del sistema tributario andorrano.
Establece los principios de legalidad, proporcionalidad, capacidad económica y seguridad jurídica, regulando los procedimientos de gestión, inspección y recursos.
Su entrada en vigor consolidó la profesionalización del sistema fiscal, dotándolo de previsibilidad y garantías tanto para el contribuyente como para la Administración.
6️⃣ Fiscalidad local y tributos comunales
Además del IRAC, los comunes gestionan diversas tasas locales:
- Foc i lloc, una tasa anual de residencia o tenencia de inmueble.
- Tasa de arrendamientos urbanos, aplicada sobre los ingresos del alquiler (con tipos que no superan el 3%). Consulta el articulo Impuesto del alquiler en Andorra: qué tipos aplica cada parroquia para saber como funciona.
- Tasas de obras, higiene o apertura de establecimientos, según la parroquia.
- Impuesto a la propiedad immobiliaria. No suele superar los 100€ anuales. Descubre como funciona en Impuesto sobre la propiedad inmobiliaria en Andorra: qué es y cómo se calcula en cada parroquia.
Aunque de cuantía moderada, estas figuras representan la vinculación tradicional con el territorio y financian servicios comunales básicos. Si quieres saber más sobre las parroquias en Andorra, consulta el articulo Las parroquias de Andorra: estructura, funciones y características territoriales.

7️⃣ Sucesiones, donaciones y patrimonio
Andorra no grava las sucesiones ni las donaciones, lo que la distingue de la mayoría de países europeos.
Las donaciones están exentas entre cualquier persona, sin importar el grado de parentesco, aunque deben documentarse adecuadamente a efectos de prevención de blanqueo de capitales y control de origen de fondos.
No obstante, esta ausencia de imposición no exime de posibles tributos en otras jurisdicciones: los bienes situados en el extranjero pueden estar sujetos a impuestos sucesorios o de donación en su país de localización, según la normativa local.
Para una visión holística, puedes leer el articulo Impuesto sobre el patrimonio en Europa: países donde existe y por qué Andorra es una excepción.
8️⃣ Fiscalidad de ciertas operaciones
A pesar de las grandes figuras impositivas antes comentadas, és habitual que surjan dudas acerca de la tributación de ciertas rentas. Las consultas más habituales son las siguientes:
- Tributación de rentas financieras: Este punto se trata en detalle en el articulo Cómo tributan las rentas financieras en Andorra .
- Fiscalidad de las rentas immobiliàrias --> Sea compra, alquiler o venta: Debido a su particularidad, y a las exigencias adicionales que existen, tales como la autorización de inversión estranjera, recomendamos consultar el articulo Fiscalidad inmobiliaria en Andorra: guía completa para comprar, alquilar y vender con criterio para tener una imagen clara y completa de todos los supuestos implicados.
- Plusvalías immobiliarias: Uno de los elementos principales que genera mayores preguntas, se trata con detalle en el articulo Cómo tributan las plusvalías inmobiliarias en Andorra
9️⃣ Otros elementos esenciales
Más allá de la las principales figuras, existen otros elementos esenciales que tienen un impacte directo en la fiscalidad Andorrana. A continuación, se enumeran los principales
🔹 Los convenios para evitar la doble imposición (CDI)
No se puede entender el Marco Fiscal andorrano sin mencionar los CDI. Estos acuerdos, son esenciales para facilitar las relaciones internacionales, así como para reducir la tributación de las rentas obtenidas en uno de los países firmantes por parte de los residentes en otro estado. Cubren las siguientes rentas:
- Rentas inmobiliarias
- rentas del trabajo y pensiones
- Beneficios empresariales
- Dividendos
- intereses
- royalties
- ganancias de capital
El articulo Convenios de doble imposición: la clave que define dónde tributan realmente las rentas internacionales te da todas las claves sobre como funcionan estas figuras.
Además, si quieres conocer todos los países con los que Andorra tiene un CDI en vigor, consulta Los convenios de doble imposición (CDI) en Andorra
🔹Régimen aduanero y relación con la Unión Europea
Andorra mantiene desde 1990 un Acuerdo de Unión Aduanera con la Comunidad Económica Europea, aplicable a los productos industriales (capítulos 25 a 97 del Sistema Armonizado).
Esto implica ausencia de derechos de aduana entre Andorra y la UE para la mayoría de bienes industriales, mientras que los productos agrícolas gozan de un régimen preferencial.
El Codi de Duana andorrà de 2025 adapta las normas del Reglamento (UE) 952/2013, reforzando la trazabilidad, el control y la simplificación de trámites fronterizos, en línea con las mejores prácticas europeas.
➤ Para tener más información sobre el acuerdo de Aduanas, consulta el articulo Acuerdo de aduanas entre Andorra y la Unión Europea: origen y fundamentos de una relación imprescindible
➤ Si te interesa el contexto económico y la integración internacional de Andorra, te recomendamos Evolución internacional de Andorra: de la tradición al mundo global.
🔹 Otros acuerdos internacionales
Existen otros muchos acuerdos con Europa en otras materias, como el acuerdo monetario , aunque ninguno de ellos tiene impacto directo en términos fiscales. Sin embargo, es importante estar al dia por si alguno de ellos pudiera suponer un impacto significativo. Revisa nuestra sección de articulos para estar al dia de cualquier novedad.
Conclusión
El modelo fiscal andorrano combina claridad, estabilidad y eficiencia.
Con tipos máximos del 10%, un IGI general del 4,5% y la ausencia de impuestos sobre sucesiones y donaciones, Andorra ofrece un marco seguro y competitivo para empresarios e inversores.
La integración del antiguo ITP/IPTP, la modernización contable y la coordinación con la normativa europea consolidan un sistema transparente, moderno y atractivo, donde la simplicidad se convierte en un verdadero valor económico.
Si esto articulo te resulta interesante, no dudes en consultar el articulo Vivir y trabajar en Andorra: lo que necesitas saber antes de trasladarte, o bien Evolución del marco fiscal andorrano, que te permitirá aproximarte mejor a la realidad Andorrana.
Si te interesa una perspectiva más amplia y completa sobre la fiscalidad andorrana, te recomendamos el artículo Fiscalidad en Andorra: guía práctica para entender impuestos, obligaciones y riesgos reales.
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Por último, te recomendamos visitar nuestra sección de publicaciones, donde podrás encontrar artículos sobre todo aquello que necesitas saber sobre Andorra o sobre fiscalidad internacional para decidir con criterio.
Fecha última revisión: enero 2026

Autor técnico: Albert Contel


