Andorra y Reino Unido firman el Convenio para Evitar la Doble Imposición
Andorra y Reino Unido firman un Convenio para Evitar la Doble Imposición que refuerza la seguridad jurídica y la cooperación fiscal internacional.

Tiempo de lectura: 10 minutos
Un convenio de relevancia
El Principado de Andorra y el Reino Unido han alcanzado un nuevo hito con la firma del Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI), un acuerdo bilateral que refuerza la cooperación económica y fiscal entre ambas jurisdicciones.
Su objetivo principal es eliminar la doble tributación, prevenir la evasión fiscal y garantizar un entorno más estable y atractivo para empresas, inversores y expatriados.
Este convenio consolida la posición de Andorra como un destino fiscal transparente y homologable a los estándares de la OCDE, fortaleciendo su marco jurídico y su competitividad internacional.
Cómo se alcanzó el acuerdo
Las negociaciones se iniciaron en 2023, en el marco de la estrategia andorrana de ampliar su red de convenios internacionales y reforzar su reputación en materia fiscal.
El 20 de febrero de 2025, el acuerdo fue firmado en Andorra la Vella por:
- Noèlia Souque, secretaria de Estado de Asuntos Financieros Internacionales del Gobierno de Andorra.
- James Murray, secretario del Tesoro del Reino Unido.
Con esta firma, Andorra se consolida como socio fiable y transparente para los países de la Europa occidental y el entorno anglosajón.
Aspectos clave del CDI
El Convenio para evitar la doble imposición entre Andorra y el Reino Unido consta de 27 artículos, sin Protocolo adicional independiente, y sigue fielmente la estructura clásica del Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE.
El texto se articula en varios bloques funcionales que permiten una aplicación clara, sistemática y previsible del convenio:
- Ámbito de aplicación y definiciones: determina quién puede acogerse al convenio y define conceptos como residente fiscal, establecimiento permanente, empresa asociada o fondo de pensiones reconocido.
- Imposición de las rentas: define qué Estado puede gravar los distintos tipos de renta, incluyendo dividendos, intereses, cánones (royalties), ganancias de capital, salarios, pensiones y rentas inmobiliarias.
- Métodos para eliminar la doble imposición: establece los mecanismos de deducción o exención del impuesto según el tipo de renta y el país de residencia del contribuyente.
- Disposiciones especiales y finales: incluye la cláusula de no discriminación, el procedimiento amistoso para la resolución de conflictos entre administraciones y el artículo 25 sobre intercambio de información fiscal, conforme a los estándares de la OCDE.
El texto regula los impuestos sobre la renta y el patrimonio, configurando un marco fiscal moderno, transparente y plenamente homologable a nivel internacional.
El CDI también regula la tributación de dividendos, intereses, cánones, plusvalías y pensiones, reforzando la seguridad jurídica y la confianza entre ambas jurisdicciones.
Estas medidas son clave para empresas con operaciones internacionales, inversores y expatriados británicos con intereses en Andorra.
➤ Para entender realmente como se estructuran los convenios fiscales andorranos, puedes consultar Convenios de doble imposición: la clave que define dónde tributan realmente las rentas internacionales
🔹Conflictos de residència
Una de las principales finalidades de los CDI, ademàs de reducir la carga tributària en origen (país de obtención de la renta), es que no pueda existir un conflicto de residència entre ambos países firmantes. En otras palabras, la firma de este CDI impide que un mismo contribuyente pueda ser considerado residente fiscal en ambas jurisdicciones de manera simultània.
Si quieres profundizar,te recomendamos leer Conflictos de residencia fiscal: qué hacer si dos países te consideran residente al mismo tiempo
Entrada en vigor
Para su plena aplicación, estos acuerdos deben completar los pasos habituales en ambos países:
- Ratificación parlamentaria.
- Sanción y publicación oficial.
- Intercambio de los instrumentos de ratificación.
A este respecto, cabe destacar que el CDI entro en vigor el dia 22 de desembre de 2025, una vez cumplidos todos los trámites.
Puedes consultar su entrada en vigor en el siguiente enlace del BOPA

Cláusulas clave del CDI Andorra–Reino Unido
Aunque todo el CDI contiene elementos relevates, los artículos más significativos y que afectan a la práctica corriente son los siguientes:
🔹Residencia fiscal (art. 4)
Define con precisión los criterios de residencia y evita situaciones de doble sujeción fiscal no deseadas.
🔹 Dividendos (art. 10)
Exención total en origen como regla general
Retención máxima del 15 % únicamente en supuestos muy concretos:
- Dividendos procedentes de vehículos de inversión inmobiliaria
- Cuando las rentas inmobiliarias subyacentes estén exentas
👉 En la práctica, el convenio resulta muy favorable para estructuras societarias ordinarias.
🔹 Intereses (art. 11)
Imposición exclusiva en el Estado de residencia del beneficiario
- 0 % de retención en origen (algo que ocurre en muchos estados)
Este punto es especialmente relevante para financiaciones intragrupo, préstamos y estructuras holding.
🔹Cánones / royalties (art. 12)
Imposición exclusiva en el Estado de residencia
- Sin retención en origen
Una ventaja clara para actividades vinculadas a propiedad intelectual, software, licencias o know-how.
🔹Ganancias de capital (art. 13)
- Inmuebles: tributan en el Estado donde se sitúa el bien
- Acciones con más del 50 % de valor inmobiliario: pueden tributar en el Estado del inmueble
- Resto de plusvalías mobiliarias: tributación exclusiva en el Estado de residencia
Salvo los immuebles ostentados ostentados de manera directa o indirecta, que suelen gozar de una protección especial, establece un régimen muy favorable..
🔹Rentas del trabajo (art. 14)
- Regla general: tributan donde se ejerce el trabajo
- Excepción de los 183 días, siempre que:
- El empleador no sea residente en el otro Estado
- No exista establecimiento permanente
🔹Pensiones (art. 17)
Tributación exclusiva en el Estado de residencia del perceptor
🔹Eliminación de la doble imposición (art. 22)
Andorra aplica el método de deducción del impuesto pagado en el Reino Unido
El Reino Unido permite:
- Crédito fiscal por impuestos andorranos
- Exención de dividendos cuando se cumplan los requisitos de su normativa interna
- Exención de beneficios de establecimientos permanentes en Andorra
🔹Patrimonio (Art. 21)
Es un de los pocos convenios que trata el patrimonio de manera explícita, aunque a efectos prácticos su impacto es nulo debido a la inexistencia de esta figura impositiva en ambos países.
Caso de existir, seria potestat tributaria exclusiva del Estado de residencia.
🔹Cláusula antiabuso (art. 27)
El convenio incorpora una cláusula general antiabuso (PPT):
no se concederán beneficios si uno de los fines principales de la operación es obtener ventajas fiscales indebidas (principio general de la OCDE)
Intercambio de información fiscal
El artículo 25 establece un sistema de intercambio de información “previsiblemente relevante”, conforme a los estándares OCDE:
- Sin secreto bancario o fiduciario oponible
- Con garantías de confidencialidad
- Aplicable a impuestos de cualquier naturaleza
Este marco refuerza la transparencia y elimina cualquier lectura “opaca” del convenio.
Cabe destacar, que en cualquier caso, existe el CRS (Common Reporting Standard o intercambio de información automático) en vigor que ambos países han firmado y sobre el que puedes descubrir más en Common Reporting Standard (CRS): l’estàndard global de transparència fiscal i el seu impacte a Andorra
Impacto económico y fiscal
La entrada en vigor del CDI supone:
- Integración de Andorra en el entorno fiscal anglosajón, lo que debería facilitar especialmente, la inversión andorrana en ese entorno.
- Mayor atractivo para empresas británicas y profesionales internacionales en invertir en Andorra (aunque limitado, al ya resultar muy favorable para no residentes en Andorra). Descubre mas en El Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) en Andorra
- Seguridad jurídica para estructuras de inversión y planificación patrimonial
Junto con los CDI con España y Francia, este acuerdo es uno de los más relevantes en términos prácticos.
Si quieres conocer la lista de los países con los que Andorra mantiene un CDI en vigor, puedes consultar Los convenios de doble imposición (CDI) en Andorra
Fiscalidad Andorrana
➤ Para entender mejor el contexto general, puedes leer Fiscalidad en Andorra: estructura, tipos impositivos y ventajas reales.
Si por el contrario deseas explorar una guia completa sobre la fiscalidad andorrana, te recomendamos leer Fiscalidad en Andorra: guía práctica para entender impuestos, obligaciones y riesgos reales
Importancia estratégica para Andorra
El CDI entre Andorra y el Reino Unido es un convenio técnicamente sólido, moderno y muy competitivo, especialmente en materia de:
- Dividendos
- Intereses
- Royalties
- Ganancias patrimoniales
- Estructuras internacionales
No solo evita la doble imposición, y ordena con claridad dónde debe tributar cada renta, siento el elemento principal de todos los CDI, sino que establece un sistema de no retención entre países que facilita y fomenta las inversiones, permitiendo que la inversión se multiplique sin freno fiscal.
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Fecha última revisión: enero 2026

Autor técnico: Albert Contel



