El Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) en Andorra
Guía clara del IRNR en Andorra: quién tributa, qué rentas pagan o están exentas y cómo funciona el sistema de retenciones.

Tiempo de lectura: 7–9 minutos
Entender el IRNR: una visión general
El Impuesto sobre la Renta de los No Residentes Fiscales (IRNR) grava las rentas generadas en Andorra por personas o entidades que no tienen residencia fiscal en el país. Su funcionamiento es similar al de otros sistemas de imposición a no residentes, especialmente el IRNR español, con el que comparte numerosos conceptos y criterios técnicos.
La reforma introducida por la Ley 5/2023 supuso un punto de inflexión: el antiguo impuesto sobre plusvalías inmobiliarias (Ley 21/2006) fue derogado e integrado dentro de los impuestos directos (IRPF, IS e IRNR).
Este cambio aportó coherencia, simplificación normativa y un mayor control sobre las transmisiones inmobiliarias.
➤ Para profundizar en esta modernización fiscal, puede ser útil el artículo Evolución del marco fiscal andorrano.
➤ Si prefieres una visión general del sistema, el artículo Fiscalidad en Andorra: estructura, tipos impositivos y ventajas reales puede ayudarte a contextualizar.
¿Quién está sujeto al IRNR?
Están sujetos al IRNR todas las personas o entidades que, sin ser residentes fiscales, obtienen rentas de fuente andorrana. En concreto:
- personas físicas no residentes que obtienen rentas en el Principado,
- empresas y entidades no residentes que generan ingresos en Andorra.
En resumen, cualquier persona o entidad que obtenga renta de origen andorrano sin tener residencia fiscal.
¿Qué se entiende por renta obtenida en Andorra?
La Ley considera rentas de fuente andorrana aquellas procedentes de:
- actividades económicas realizadas efectivamente en el Principado,
- rentas procedentes de bienes inmuebles situados en Andorra,
- rentas pagadas por personas o entidades residentes cuando el servicio se utiliza en Andorra,
- salvo cuando el servicio se ha contratado y utilizado íntegramente en el extranjero.
Esta definición delimita con claridad el ámbito de tributación.
➤ Para entender cómo se vincula este concepto con la residencia fiscal, puede ayudarte el artículo Residencia fiscal en Andorra: requisitos y ventajas reales.

¿EP o NO EP? La distinción esencial
La Ley contempla dos escenarios:
🔻Sin establecimiento permanente (EP)
Es el caso más habitual. Incluye:
- prestaciones de servicios puntuales,
- rentas del trabajo realizadas en el país,
- remuneraciones de administrador,
- alquileres y rentas inmobiliarias,
- ganancias en transmisiones inmobiliarias.
Estas rentas tributan a tipos fijos, normalmente con obligación de retención.
🔺Con establecimiento permanente (EP)
Existe EP cuando hay continuidad en la actividad o medios materiales o humanos en Andorra. En este caso:
- la tributación se asimila a la de una sociedad residente,
- se presenta declaración anual,
- se aplica el tipo del 10%.
Para ampliar cómo tributaría en estos casos, puedes consultar El impuesto sobre sociedades en Andorra: tipos, regímenes especiales y deducciones fiscales.
En la práctica, la mayoría de situaciones cotidianas son sin EP.
Rentas que tributan en el IRNR
Las principales rentas sujetas al impuesto son:
🔹 Actividades económicas y servicios
Toda actividad empresarial o profesional realizada en Andorra tributa al 10%.
🔹 Rendimientos del trabajo
Tributan los salarios, honorarios, pensiones privadas y remuneraciones de administrador cuando el trabajo se realiza efectivamente en Andorra.
🔹 Alquileres y rentas inmobiliarias
El alquiler de inmuebles situados en el país tributa al 10%.
Sin embargo, el artículo 25.2 establece una reducción automática del 20% sobre la base imponible, lo que deja un tipo efectivo del 8%.
🔹 Transmisiones inmobiliarias (cambio clave de 2023)
Las ganancias inmobiliarias tributan:
- al 10% (tipo general),
- al 15% si la venta se produce dentro de los 2 primeros años de tenencia.
➤ Para entender este régimen en detalle, recomendamos Tributación de las plusvalías inmobiliarias en Andorra.
➤ Para una perspectiva más amplia del sector, puede ayudarte El mercado inmobiliario andorrano.
Rentas que NO tributan en el IRNR
☑️ Rentas de capital mobiliario (RCM)
Incluye:
- intereses bancarios,
- dividendos,
- rentas de fondos de inversión,
- seguros de ahorro,
- cualquier renta financiera definida en el artículo 13 de la Ley.
👉 Ningún no residente —persona física o empresa— paga IRNR por rentas financieras andorranas. Es una de las características que hacen a Andorra especialmente atractiva para inversores internacionales.
Puedes ampliar información en el artículo Cómo tributan las rentas financieras en Andorra.
☑️ Otras rentas no sujetas o exentas
Según los artículos 8 y 15, tampoco tributan:
- determinadas prestaciones públicas,
- becas y ayudas de investigación,
- indemnizaciones reguladas por el Código de relaciones laborales,
- prestaciones por incapacidad o invalidez grave.
Determinación de la base imponible
La base imponible se determina según la naturaleza de la renta:
- actividades económicas → importe íntegro,
- rentas del trabajo → importe percibido,
- rentas inmobiliarias → base reducida en un 20%,
- ganancias inmobiliarias → diferencia entre precio de venta, valor de adquisición y mejoras acreditadas.

Tipos impositivos aplicables
El sistema andorrano destaca por su simplicidad y homogeneidad:
- 10% (tipo general),
- 8% de tipo efectivo en alquileres (tras la reducción automática del 20%),
- 15% de tipo efectivo en ganancias con tenencia inferior a 2 años,
- 0% de tipo efectivo en rentas exentas.
Andorra no tiene un sistema de retenciones elevadas ni un régimen fragmentado: es un modelo previsible y estable.
Declaraciones, retenciones y NRT
El funcionamiento práctico del impuesto se articula en tres situaciones:
🔹 Cuando existe retenedor
Si el pagador andorrano practica correctamente la retención, el no residente no tiene obligación de declarar.
Aun así, la declaración voluntaria es posible.
🔹 Cuando NO existe retenedor
El contribuyente no residente debe presentar declaraciones trimestrales.
🔹 En transmisiones inmobiliarias
Existe obligación de retención como garantía del pago, igual que ocurría con el antiguo impuesto de plusvalías.
Respecto a la identificación fiscal:
- si el no residente debe declarar, el Ministerio genera automáticamente el NRT.
Plazos de presentación:
- declaraciones trimestrales → abril, julio, octubre y enero,
- transmisiones → 30 días posteriores,
- establecimientos permanentes → declaración anual equivalente al IS.
🔹Consecuencias de no declarar o no retener
El incumplimiento puede comportar:
- intereses de demora,
- sanciones,
- responsabilidad solidaria del retenedor,
- bloqueos fiscales en futuras transmisiones inmobiliarias.
Casos habituales de IRNR
Entre los supuestos más comunes se encuentran:
- no residente que alquila un inmueble,
- administrador que vive en el extranjero,
- profesional que presta servicios puntuales en Andorra,
- venta de un inmueble por un no residente,
- percepción puntual de rentas de fuente andorrana.
Convenios para evitar la doble imposición
Los CDI pueden reducir o eliminar la retención aplicable.
Andorra cuenta con convenios con múltiples jurisdicciones europeas y asiáticas, reforzando la seguridad jurídica en operaciones transfronterizas.
➤ Para una explicación conceptual, recomendamos Convenios de doble imposición: la clave que determina dónde tributan realmente las rentas internacionales.
➤ Para ver la lista completa, puede consultar Los convenios para evitar la doble imposición (CDI) en Andorra.
Conclusión
El IRNR es un impuesto aparentemente sencillo, pero su correcta aplicación requiere precisión y criterio técnico: identificar el origen de la renta, determinar si existe establecimiento permanente, aplicar correctamente las reducciones y entender la interacción entre la Ley interna y los convenios de doble imposición.
La reforma de 2023 aportó coherencia —especialmente en las transmisiones inmobiliarias— pero también incrementó las obligaciones formales y el control.
En este contexto, clasificar adecuadamente cada renta y documentarla correctamente es clave para evitar riesgos.
Andorra ofrece un sistema fiscal ordenado, estable y previsible, pero su aplicación requiere criterio. Una buena planificación suele ser la diferencia entre una operación segura y un problema posterior.
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Última revisión: noviembre de 2025

Autor técnico: Albert Contel



